Recibo por honorarios: retención del 8 % y renta de cuarta
Si cobras con recibo por honorarios eres renta de cuarta categoría. Aquí está cuánto te retienen, cuándo puedes evitarlo y cómo se calcula el impuesto al final del año, con la UIT de 2026.
La retención del 8 %
Cuando emites un recibo por honorarios mayor a S/ 1 500 a una empresa, esta te retiene el 8 % y lo paga a la SUNAT a tu nombre. Es un pago a cuenta del impuesto anual, no un impuesto aparte.
Retención = Honorario × 0,08Neto recibido = Honorario × 0,92
| Honorario del recibo | S/ 2 000,00 |
| Retención 8 % · 2 000 × 0,08 | − S/ 160,00 |
| Neto que recibes | S/ 1 840,00 |
No hay retención cuando el recibo es de S/ 1 500 o menos, ni cuando el cliente es una persona natural sin negocio (no es agente de retención). Y en ningún caso el recibo lleva IGV: la cuarta categoría está fuera de ese impuesto.
Ojo con el «truco» de partir el recibo: emitir dos recibos de S/ 1 000 para evitar la retención de uno de S/ 2 000 no cambia el impuesto anual, y la SUNAT cruza los recibos por cliente. Lo que sí es legal y conviene es la suspensión.
Cómo suspender la retención (Formulario 1609)
Si tus ingresos del año van a quedar por debajo del monto que la SUNAT publica cada enero, puedes pedir la suspensión de retenciones. Con la UIT de S/ 5 350, el tope es S/ 46 813 anuales, unos S/ 3 901 mensuales. Sale de una cuenta simple: los ingresos con los que, tras restar el 20 % y las 7 UIT, el impuesto es cero.
- Se pide en SUNAT Operaciones en Línea, con el Formulario Virtual 1609. La constancia sale al instante.
- Se envía la constancia a cada cliente. Desde ese momento pagan el recibo completo.
- Vale desde el mes en que se aprueba hasta el 31 de diciembre: hay que volver a pedirla cada enero.
- Si a mitad de año superas el tope, la suspensión cae y las retenciones vuelven.
Sin la suspensión, ese 8 % es dinero inmovilizado todo el año que recién recuperas con la declaración anual del año siguiente.
El impuesto anual de cuarta categoría
Al cierre del año el impuesto se calcula sobre todos los recibos, así:
Renta neta = Ingresos brutos − 20 % (tope 24 UIT) − 7 UITImpuesto = tramos sobre la renta neta − retenciones ya pagadas
| Tramo | Renta neta | Tasa |
|---|---|---|
| Hasta 5 UIT | hasta S/ 26 750 | 8 % |
| De 5 a 20 UIT | S/ 26 750 – 107 000 | 14 % |
| De 20 a 35 UIT | S/ 107 000 – 187 250 | 17 % |
| De 35 a 45 UIT | S/ 187 250 – 240 750 | 20 % |
| Más de 45 UIT | desde S/ 240 750 | 30 % |
Ejemplo — S/ 6 000 mensuales en recibos
| Ingresos brutos del año · 6 000 × 12 | S/ 72 000,00 |
| Deducción 20 % | − S/ 14 400,00 |
| Menos 7 UIT | − S/ 37 450,00 |
| Renta neta | S/ 20 150,00 |
| Impuesto anual · 20 150 × 8 % | S/ 1 612,00 |
| Retenciones del año · 72 000 × 8 % | − S/ 5 760,00 |
| Saldo a favor (te devuelven) | S/ 4 148,00 |
Ese es el patrón típico: la retención del 8 % sobre el bruto casi siempre supera el impuesto real, porque el impuesto se calcula después de quitar el 20 % y las 7 UIT. Por eso la mayoría de quienes emiten recibos tiene saldo a favor cada marzo, y por eso la suspensión conviene tanto.
Cuarta y quinta a la vez
Si estás en planilla y además emites recibos, las dos rentas se suman en una sola declaración: renta de cuarta neta (tras el 20 %) más la renta de quinta, menos 7 UIT una sola vez, y los tramos sobre el total. Como el empleador ya usó las 7 UIT al retener la quinta, los recibos entran casi enteros al impuesto, y ahí suele aparecer un saldo por pagar. Lee cómo funciona la renta de quinta categoría.
Cómo lo hace la app
En IGV Perú Tool, la calculadora de honorarios devuelve el neto con y sin retención, y la de renta anual suma cuarta y quinta, aplica el 20 %, las 7 UIT y los tramos, y te dice si te devuelven o si pagas. Cuando con tus ingresos el impuesto sale cero, te avisa que puedes pedir la suspensión con el 1609.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo se retiene el 8 % en un recibo por honorarios?
Cuando el recibo supera S/ 1 500 y quien paga es una empresa o entidad obligada a llevar contabilidad (agente de retención). Si el recibo es de S/ 1 500 o menos, o si el cliente es una persona natural sin negocio, no hay retención.
¿Cómo se calcula la retención de un recibo por honorarios?
Es el 8 % del monto bruto del recibo. En un recibo de S/ 2 000, la retención es S/ 160 y se recibe S/ 1 840. El 8 % no es el impuesto final: es un pago a cuenta que se regulariza en la declaración anual.
¿Cómo dejo de pagar el 8 % de retención?
Pidiendo la suspensión de retenciones de cuarta categoría con el Formulario Virtual 1609 en SUNAT Operaciones en Línea. Procede cuando los ingresos proyectados del año no superan el monto que la SUNAT publica cada enero: con la UIT de S/ 5 350 son S/ 46 813 anuales. La constancia se entrega al cliente y desde entonces paga el recibo completo.
¿Un recibo por honorarios lleva IGV?
No. Las rentas de cuarta categoría están fuera del IGV. El recibo se emite por el monto pactado sin agregarle 18 %, y el único descuento posible es la retención del 8 % de renta.
¿Cómo se calcula la renta anual de cuarta categoría?
A los ingresos brutos del año se les resta el 20 % (deducción con tope de 24 UIT) y luego 7 UIT. Sobre lo que queda se aplican los tramos: 8 % hasta 5 UIT, 14 % de 5 a 20 UIT, 17 % de 20 a 35 UIT, 20 % de 35 a 45 UIT y 30 % en adelante. Las retenciones del 8 % ya pagadas se descuentan del resultado.
¿Si trabajo en planilla y además emito recibos, cómo se suma?
Las rentas de cuarta y quinta se suman en una sola declaración anual: renta de cuarta neta (después del 20 %) más renta de quinta, menos 7 UIT una sola vez, y se aplican los tramos sobre el total. Por eso quien tiene ambos ingresos suele tener un saldo por pagar en marzo.
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Descargar por S/ 4,90Los cálculos de este sitio y de la app son referenciales. Para tus declaraciones y obligaciones formales ante la SUNAT, valida siempre con un contador.